"No son enfermos mentales. Si lo fueran, tendrían antecedentes de agresión a otras personas. (...) Y sin embargo, sólo descargan la violencia contra sus mujeres. (...)"

Lo que se obtiene con violencia, solamente se puede mantener con violencia.

Mahatma Gandhi. 1869-1948. Político y pensador indio.


Nadie puede amar sus cadenas, aunque sean de oro puro.

John Heywood

sábado, 16 de enero de 2010

ASPECTOS LEGALES

¿Como serían los aspectos legales del maltrato de la mujer?


El maltrato de la mujer debe entenderse, desde el punto de vista legal, como un delito. Si bien como hemos visto, dentro del maltrato se incluye tanto la agresión física como la emocional, podríamos decir que, en la práctica, desde el punto de vista legal debemos resignarnos, por el momento, sólo a dar cuenta del aspecto físico; es decir, al uso de la violencia física del hombre sobre la mujer.

Consideraciones a tener en cuenta:

a) Existe una ley de violencia familiar que ampara a la mujer que es víctima del maltrato.

b) Existen organismos gubernamentales y no gubernamentales que asesoran a las víctimas.

c) La denuncia por maltrato físico es personal; es decir, sólo la puede realizar la víctima.

d) Cuando los damnificados fuesen menores, incapaces, discapacitados o ancianas, los hechos deberán ser denunciados por sus representantes legales y/o el ministerio público.


Por Dra. Adriana Goldman

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